viernes, 24 de marzo de 2017

Sobre contratos y otras convenciones

Mi profesor describe la voluntad como la intención positiva de querer algo. En ello la posibilidad de que ese querer se transforme en un hacer, no hacer o permitir, Desde ahí que junto a la voluntad de 2 o más personas se transforma en consentimiento. ¿Cuando se vicia la voluntad? Cuando hay algo que se interpone a ella: El error , la fuerza y el dolo.
La cosa comienza a complicarse cuando mi profesor explica que la voluntad es sólo uno de los requisitos para lograr una convención. Se requiere al igual que la voluntad, objeto, causa y solemnidades (eventualmente). Además ello requiere que cada una de esas características estén exentas de vicio, Por tanto ya que requerimos consentimiento, objeto licito, causa licita y capacidad, fuera de las respectivas solemnidades, en donde me pregunto como vamos a determinar todo eso que está fuera de nuestro sistema típico, y que no queda más que a albedrío de nuestras emociones que hacen de jurados.
Es decir, como determinamos con exactitud que poseemos formalmente un vínculo libre de vicios, y hacemos de nuestros corazones recipientes inmaculados para el amor cuando de ello se trate, y que esto surga como consecuencia de la unión de voluntades, enmarcadas en un propósito de consuno.
La reciprocidad que se nos escapa entre los largos y despeinados cabellos, y que nos aleja al punto de no poder extinguir un contrato con la debida dedicación. 

Tal vez somos obsoletos a las formalidades, y debemos castigos sobre los acuerdos mal ejecutados.